Partidas del rey don Alfonso X el Sabio 1259

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Partidas del rey don Alfonso X el Sabio



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IIª Partida. Título XXIV. Ley VII.


Quáles deben ser los mayores et los menores navios para guerrear, et cómo deben ser aparejados.


«Navios para andar sobre mar son de muchas guisas, et por ende pusieron á cada uno de aquellos su nombre segunt la fayción en que es fecho; ca á los mayores que van a viento llámanlos carracas et naos, et destos hi ha de dos mastes et de uno; et otros menores que son desta manera et dicenles nombres porque sean conoszudos, así como carracones, et buzos, et táridas, et cocas, et leños, et haloques et barcas.


Mas en España non dicen á otros navios sinon a aquellos que han velas et remos, ca estos son hechos señaladamente para guerrear con ellos, et por eso les pusieron velas et mastes como á los otros para facer grant viaje sobre mar, et remos, et espadas, et timones para ir cuando les fallesciere el viento, ó para salir ó entrar en los puertos ó en los rencones de la mar, et para alcanzar a los que se les fuyesen et para fuir de los que los segundasen; ca bien asi como el ave non podrie ir por el aire si non hobiese alas con que volase, nin cuando descendiese en tierra nos se podrie mover si non hobiese piernas nin pies sobre que se sofriese, otrosi, estos navios que son guerreros non podrien ir sobre mar á viento si non hobiesen velas en que lo rescibiesen, et otrosi remos que los ficiesen mover cuando les fallesciese; et por eso es grande el poder destos navios atales, porque se ayudan del viento cuando lo han, ó de los remos cuando les es menester, et muchas vegadas de todo.


Et a estos llaman galeas grandes, et otras hay menores a que dicen galeotas, et táridas, et saetias, et zabras, et otros pequeños que son hi que han estas faciones por servicio de los mayores, de que se ayudan á las vegadas los que quieren guerrear á furto, porque puedan en ellos ir mas encobiertamente, et moverlos aina de un logar a otro. Et por ende estos navios quien los quisiere haber para facer con ellos guerra, debe catar tres cosas: la primera que cuando los mandare facer, que sea la madera para ellos cortada en la sazon que debe, et non se dañe aina: la segunda que sean fechos de buena forma, et fuertes et ligeros segunt conviene a los que han de facer: la tercera que hayan sus aparejos todos, a que llaman sarcia, et son estos, árboles et antenas, et velas et timones, et espadas et áncoras, et cuerdas de todas maneras; et destas cada una dellas ha su nombre segunt el servicio que face.»


IIª Partida. Título XXIV. Ley VIII.


En qué manera ficieron los antiguos semejantes de los navios á los caballos.


«Cabalgaduras son los navios a los que andan sobre mar, asi como los caballos á los que andan por tierra; ca bien asi como el caballo que es luengo, et delgado, et bien fecho, es ligero et mas corredor quel que es grueso et redondo, otrosi el navio que es fecho desta manera es mas corriente que el otro; et de los remos ficieron semejante á las piernas et a los pies de los caballos, que han de ser luengos et derechos; et esta es cosa que conviene mucho otrosi a los remos de los navios, ca asi como el caballo non se podrie mover sin ellos, otrosi el navio non se moviere sin remos cuando el viento fallesciese; et á la siella semejaron el entablamiento do van sentados los remadores, que non debe ser mas pesado de la una parte que de la otra, porque vaya el navio egual; et otrosi posieron la vela por semejanza de las espuelas, ca asi como el caballo magüer que haya buenos pies no corre tan bien como cuando le den de las espuelas, otro si el navio magüer que haya buenos remos, non puede ir tanto con ellos como cuando le fiere el viento en la vela et le face ir por fuerza: et el timon ó el espadilla ficieron semejante al freno del caballo; porque asi como non se puede enderezar nin revolver á cual parte le quisieren levar; et sin aquesto, las cuerdas que son para atar el navio, son asi como el cabestro et las hazquias con que atan el caballo; et sin todo esto, asi como nol pueden facer estar quedo cuando sin las sueltas es, en esa mesma manera fueron sacadas las áncoras para facer estar quedo el navio.


Onde todas estas cosas deben los cabdiellos de los navios tener bien aparejadas en guisa que tengan de cada una dellas antes de mas que de menos; ca la mengua que por esto viniese, en tal logar podrie acaescer que todo el fecho se podrie perder por ende, porque la culpa et la pena serie dellos segunt el daño que por ello viniese. Otrosi deben tener sus homes bien mandados de guisa que les den todas estas cosas cuando las hobieren meester; et si asi non lo ficieren, han de haber pena segunt el daño que hi viniese por el su desmandamiento.»
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Bibliografía:

Alfonso X Rey de Castilla.: Las Siete Partidas del Rey don Alfonso El Sabio. Publicadas por primera vez en 1555. De la edición de 1807, publicada por la Real Academia de la Historia, cotejada con varios códices antiguos. Facsímil. Madrid, 1972.

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